CÓDIGO DE TRABAJO
martes, 24 de febrero de 2015
ENFERMEDAD LABORAL SEGÚN EL CÓDIGO
DE TRABAJO
La enfermedad laboral es de
carácter transitorio o permanente que se da como consecuencia directa con la
clase de laborales que desempeñan el trabajador por ejemplo el medio que tiene
para
desempeñarse.
MAPA DE RIESGO
Es la técnica que permite la
representación gráfica, que sistemáticamente localiza los factores de riesgo
nocivos en un espacio de trabajo.
¿PARA QUE SIRVE?
Ø Sirve
como base para iniciar una discusión concreta con todos los trabajadores
Ø Implementar
programas de prevención, en función de las prioridades observadas
Ø Permitir
un análisis y seguimiento periódico de los peligros mediante la implantación de
sistemas de vigilancia
Ø Evaluar
eficacia de las intervenciones preventivas
¿QUIEN LO HACE?
Ø El
encargado de seguridad e higiene ocupacional
Ø El
comité de seguridad e higiene ocupacional
Ø Técnicos
de seguridad e higiene ocupacional
Ø Médicos
de medicina del trabajo
Ø Educadores
en salud
Ø Entidades
externas
¿COMO SE HACE?
Señalando con
claridad los peligros que se puedan derivar en riesgos sobre el plano de
distribución en planta de la empresa, departamento, sección y número de
trabajadores expuestos.
LOS MAPAS DE
RIESGOS DEBEN SER LOS INSTRUMENTOS QUE DEBEN DE DAR RESPUESTAS A LAS SIGUIENTES
CUESTIONES
Ø Qué
riesgo existe?
Ø En
qué cantidad?
Ø Donde
están ubicados?
Ø Que
los causa?
Ø Que
daño pueden producir?
Ø Cuántos
y cuáles son las personas expuestas?
Ø Como
intervenir y controlar los factores de riesgos?
MÉTODO UTILIZADO
ü
Se propone el uso de signos comunes (símbolos y
códigos de colores)
ü
Confecciones de una lista de peligros, algunos
de los cuales están presentes en diversas secciones de la empresa.
CÓDIGO DE TRABAJO
Tiene por objeto principal armonizar las relaciones
entre patronos y trabajadores
LEY GENERAL DE
PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LUGARES DE TRABAJO
El objeto de la
presente ley es establecer los requisitos de seguridad y salud ocupacional que
deben aplicarse en los lugares de trabajo, al fin de establecer el marco básico
REGLAMENTO GENERAL
EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LUGARES DE TRABAJO
Tiene por objeto
regular la aplicación de la ley general de prevención de riesgo en los lugares
de trabajo, en lo relativo a condiciones de seguridad e higiene en la que debe
desarrollarse las labores, a fin de eliminar o controlar los factores de riesgo
en los puestos de trabajo.
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